El Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito –ONSET-, del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, se constituye como el referente a nivel nacional de la información estadística en materia de siniestralidad vial, sustenta su actuación con el Acuerdo Ministerial 760-2014  emitido por el Ministerio de Gobernación y la Orden General 75-2014 emitida por la Dirección General de la Policía Nacional Civil, Ley y Reglamento de Tránsito.

La  adecuada  rectoría  ha  permitido  la  verificación  y  validación de la información para garantizar a los usuarios internos y externos, informes estadísticos con datos de calidad, en estrecha relación con el ente rector en materia estadística para el país  como lo es el Instituto Nacional de Estadística – INE-.

En el proceso de creación instaurado, se pretende un adecuado registro y análisis de la información y que este se convierta  en  una  unidad  analítica  generadora  de estudios de investigación que promuevan análisis específicos que sean utilizados como insumos para la toma de decisiones inmediatas, en el establecimiento de planes, programas y políticas nacionales que busquen la reducción de hechos de tránsito y sus consecuencias negativas.

ARTÍCULO 2. OBJETO DEL ONSET. Es ser un referente intersectorial e interdisciplinario dedicado a la recopilación, procesamiento, análisis y difusión de datos e información que sustente la toma de decisiones y que genere acciones encaminadas a reducir la siniestralidad vial en el territorio nacional.

Su fin primordial es el desarrollo de estudios que permitan comprender el fenómeno de la siniestralidad vial y sus tipologías e identificar causas y manifestaciones con la finalidad de incidir en la formulación  de nuevas políticas públicas y generar acciones en materia de planificación y prevención de seguridad vial.

ARTÍCULO 3. FUNCIONES. El ONSET tendrá las siguientes funciones:

  1. Recabar, procesar, analizar y diseminar información de los hechos de tránsito a nivel nacional;
  2. Establecer mecanismos de intercambio de información interinstitucional en materia de siniestralidad vial, principalmente con el Instituto Nacional de Estadística de la República de Guatemala.
  3. Identificar causas y efectos de las tipologías y fenómenos de la siniestralidad vial;
  4. Proponer en base a los estudios realizados, estrategias preventivas y correctivas que incidan en la reducción de la siniestralidad vial;
  5. Medir y evaluar los efectos de las políticas públicas en materia de seguridad vial;
  6. Contribuir al fortalecimiento en materia de seguridad vial institucional, midiendo evaluando los efectos de las políticas públicas;
  7. Controlar y evaluar la calidad de información estadística de la siniestralidad vial;
  8. Diseñar los instrumentos para la recolección y análisis de información en materia de seguridad vial;
  9. Evaluar la incidencia de factores geográficos, demográficos, ambientales, vehiculares, humanos, culturales y normativas de tránsito en seguridad vial;
  10. Otras que le sean asignadas por el mando inmediato superior en el cumplimiento de sus obligaciones policiales en materia de su competencia.

ARTÍCULO 4. ESTRUCTURA PRINCIPAL DEL ONSET. Tendrá una estructura básica para su funcionamiento la cual estará constituida por:

  1. Jefe de Sección;
  2. Oficina de Monitoreo y recolección;
  3. Oficina de Procesamiento de Datos;
  4. Oficina de Estadísticas de Tránsito;
  5. Oficina de Análisis e Investigación de Información,
  6. Otras que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Tránsito para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 5.  PARTICIPACIÓN. El Ministerio de Gobernación por conducto del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, podrá invitar a los diferentes sectores públicos y privados, nacionales o internacionales a efecto de participar en las actividades que desarrollará el Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito, para el eficiente y eficaz cumplimiento de funciones.

 

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